ESTATUTOS:
I.
La cooperativa es una
Unidad Económica formada a voluntad de los socios,
quienes someten sus proyectos individuales a la
necesidad de sus miembros.
II.
Las cooperativas
fungirán con autonomía plena unas de otras, pero las
decisiones internas serán de estricto cumplimiento
por los miembros, con la concepción de una persona un
voto.
III.
Todo socio puede
retirarse de la cooperativa en cualquier momento, los
participantes lo harán con todos los derechos sobre
sus tierras, tan pronto haya liquidado todos los
pendientes económicos con la entidad.
IV.
Los medios básicos
adquiridos dentro y por la cooperativa son de
propiedad colectiva y no podrán transferirse a nadie
si no es por un interés del bien común y el que se
retire del proyecto lo dejará en manos de la
cooperativa.
V.
Todos los medios
adquiridos por donaciones o fondos de fundaciones o
instituciones no reembolsables, no podrán venderse o
comercializarse en caso de desintegrarse la
cooperativa, éstos serán traspasados a otros
proyectos similares.
VI.
Cada miembro pagará
una cuota anual de membresía, mientras los socios
participantes aportarán un 10 % de las ganancias
obtenidas luego de su incorporación al proyecto, como
fondo de la cooperativa.
VII.
Podrán ser miembros
de la cooperativa todos los integrantes de la familia
que de una forma u otra deseen estar vinculados con
los proyectos que se vayan desarrollando, pero se
considerará como socio participante a todo socio que
incorpore su patrimonio al proyecto.
VIII.
Todos los
participantes mantendrán plena autonomía sobre sus
bienes, pero la comercialización debe regirse por los
intereses económicos del colectivo, quien regirá la
política de precios de cada cultivo.
IX.
La cooperativa debe
regirse por las reglas y leyes del mercado, que
incluye la libertad de precios y de cultivos.
X.
Toda cooperativa debe
llevar un registro económico a nivel de finca y
proyecto, que permita la determinación de los costos.
XI.
La Junta Directiva de
cada cooperativa evaluará y aprobará la ejecución
de cada proyecto.