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CAUSA POLEMICA EN PARAGUAY
LEY DE EXPROPIACION DE TIERRAS OCUPADAS
Paraguay, Domingo 29 de abril del 2001
Por Serafín Soto Vega. Corresponsal
Asunción, 29 Abr (Notimex).- Representantes y
autoridades del sector rural de Paraguay mantienen
divergencias en torno al proyecto de Código Agrario,
aprobado por la Cámara de Diputados, que prohíbe las
expropiaciones de tierras ocupadas por campesinos
"sin tierras".
El texto había contado con la aceptación de siete
gremios vinculados al sector rural, pero para autoridades
de la Asociación Rural de Paraguay (ARP), el punto
referido a la imposibilidad de expropiar tierras invadidas
por campesinos es delicado e importante.
Darío Castagnino, nombrado por la ARP para seguir las
futuras discusiones sobre el estatuto agrario en el
Congreso, resaltó la eliminación de la posibilidad de
llevar a cabo el proceso de expropiación, si la tierra
que se pretende quitar fue invadida.
"El expediente para una expropiación debe ser
rechazado inmediatamente si los que solicitan la tierra
ingresan en ella en forma violenta", subrayó el
dirigente y recordó que hasta ahora existen 200
propiedades expropiadas como resultado de una ocupación.
Acotó que en la mayoría de esos casos el propietario no
sólo perdió su inmueble, sino que también tuvo que
soportar la violencia, la depredación y un alto costo
social por el error en que incurrieron legisladores.
"Si se aprobara hoy el documento, cualquier invasión
debe ser encarada como un delito y si detrás de eso se
pretende una expropiación, eso se deniega, un juez en
cualquier circunscripción debe dictaminar que no se
realice la expropiación", enfatizó.
Dijo por otro lado que con este nuevo ordenamiento legal
el proceso de expropiación tendrá otros requisitos, no
como ahora, donde solo se requiere que se notifique sobre
el interés en una tierra y un documento de algún
legislador para iniciar los trámites.
Según Castagnino, los que pretenden la tierra deben
justificar razones sociales y económicas, además deben
ser vecinos de la zona, y la propiedad reclamada debe ser
apta para el uso agrícola, en la normativa agraria.
El dirigente campesino recordó que los latifundios serán
calificados de acuerdo al uso de la tierra y ya no por su
dimensión.
Comentó que con el Código Agrario "si tengo una
tierra tengo que trabajarla y si no lo hago, la debo
vender o arrendar, o de lo contrario estoy expuesto a que
sea reclamada por otra gente que quiere trabajar".
Sobre la nueva legislación, el presidente de la Federación
Paraguaya de Madereros (Fepama), Juan Carlos Altieri, dijo
que "se puso justicia en el tema de bosques, porque
ya no se los considera como improductivos y sujetos a
reforma agraria como hasta hoy".
El líder de Fepama comentó que el proyecto con media
sanción establece que los bosques ya no son expropiables,
así como tampoco serán las propiedades sometidas al
proceso de reforestación.
Para dar una idea del nivel de destrucción permitido por
el actual código, el empresario apuntó que Paraguay
posee entre un millón y un millón 200 mil hectáreas de
bosques en la región oriental y cerca de ocho millones de
hectáreas en la zona occidental.
Altieri puntualizó que a principios de la década de los
70 sólo en la región oriental el país poseía unos ocho
millones de hectáreas, las que desaparecieron por la
habilitación de cultivos, ganadería, destrucción por
miedo a las invasiones o por las mismas.
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